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¿Cómo no pagar el impuesto al cheque siendo Monotributista?

AFIP eximio del impuesto a los débitos y créditos en las cuentas corrientes a aquellos que se encuentren adheridos al Monotributo. Los monotributistas ya no estarán alcanzados por el impuesto al cheque.

¿Qué es el Impuesto a los Débitos y Créditos?

El Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, más conocido como impuesto al cheque, es un tributo que pagan en las transacciones de crédito y débito sobre las cuentas bancarias.

Mediante este impuesto se cobra el 0,6% por el depósito, y del 0,6% por el cobro, estando exceptuadas las acreditaciones de salarios, jubilaciones y pensiones como así también las extracciones de dinero de esas cuentas.

Hasta el momento, los monotributistas contaban con una alícuota menor.

¿Cuáles son los requisitos para obtener la exención sobre el impuesto al cheque?

1) Poseer CUIT activo y sin limitaciones.

2) Estar adherido al Domicilio Fiscal Electrónico.

3) Tener declarado y actualizado el domicilio fiscal físico.

4) Tener registrados y aceptados los datos biométricos.

5) No registrar incumplimientos. Tener presentadas las declaraciones juradas vencidas de los impuestos o regímenes cuyo control se encuentre a cargo de la AFIP, correspondientes a los períodos no prescriptos.

6) Contar con Clave Fiscal nivel 3.

A fines de realizar trámite, los monotributistas deberán verificar el cumplimiento de todos los requisitos mencionados anteriormente, los cuales serán controlados por la AFIP al momento de presentar la solcitud.

¿Cómo obtener la exención sobre el impuesto al cheque?

La solicitud se realiza a través del Servicio “Registro Beneficios Imp. s/Créditos y Débitos” dentro del portal de AFIP.

Una vez ingresado, se deberá seleccionar el contribuyente y, dentro del menu, la opción “Alta de CBU/CVU – Beneficio”. Proceder a completar el CBU de la cuenta corriente. Elegir el registro “Débitos y Créditos en cuenta corriente cuando se trata de Sujetos inscriptos en el Régimen Simplificado – Monotributo” y Generar la solicitud de alta CBU/CVU.

Por ultimo, se debe confirmar la solicitud del alta, el sistema realizara los respectivos controles sistémicos para evaluar si el contribuyente cumple con los requisitos. Una vez aprobado, se podrá descargar la constancia del registro.

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